Habilitación Temporal como Práctico en el puerto de Marín y Ría de Pontevedra
Selección de un profesional de reconocida experiencia, de acuerdo con el art. 16.2 del Real Decreto 393/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Practicaje, para la Habilitación Temporal como Práctico en el puerto de Marín y Ría de Pontevedra.
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CONVOCATORIA DE PLAZAS
PRIMERA PARTE: Se celebrará en Madrid, en los meses de marzo y octubre de cada año, en la Dirección General de la Marina Mercante y se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».
SEGUNDA PARTE: Se celebrarán en los meses de enero, abril, julio y noviembre de cada año en los puertos que así lo soliciten y se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».
Refª.: ORDEN FOM/2417/2007, de 25 de julio, por la que se regula el reconocimiento de la capacitación profesional para la prestación de los servicios de practicaje portuario.
Lo + Leído
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Segunda Parte de las pruebas o pruebas específicas
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Corrección de errores
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Primera Parte o Prueba de conocimiento
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