Pasar al contenido principal

Habilitación Temporal como Práctico en el puerto de Motril

Selección de un profesional de reconocida experiencia, de acuerdo con el art. 16.2 del RD 393/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Practicaje, para la Habilitación Temporal de un Práctico en el puerto de Motril

 

Adjunto Tamaño
habilitacion-temporal-motril.pdf 104.66 KB

CONVOCATORIA DE PLAZAS

PRIMERA PARTE: Se celebrará en Madrid, en los meses de marzo y octubre de cada año, en la Dirección General de la Marina Mercante y se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».

SEGUNDA PARTE: Se celebrarán en los meses de enero, abril, julio y noviembre de cada año en los puertos que así lo soliciten y se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».

Refª.: ORDEN FOM/2417/2007, de 25 de julio, por la que se regula el reconocimiento de la capacitación profesional para la prestación de los servicios de practicaje portuario.

Lo + Leído