Practicaje
El practicaje es un servicio universal, obligatorio para buques de más de 500 GT o de cualquier tamaño siempre y cuando transporten mercancías peligrosas. Está dirigido a garantizar la seguridad del puerto, de las instalaciones portuarias, del buque, del medio ambiente y, por ende, de la vida humana. Está catalogado como un servicio concesionado y fuertemente regulado por su incidencia en la seguridad de la navegación.
La Autoridad Portuaria, como titular del servicio de practicaje, establece:
Las condiciones de prestación del servicio.
Los límites de la zona de practicaje, el tiempo de respuesta, y las tarifas aplicables.
El control de su prestación y la competencia sancionadora.
El número de Prácticos necesarios para la prestación del servicio de practicaje.
Son competencias de la Administración Marítima las siguientes:
La determinación de la necesidad de la existencia en un puerto de un servicio de practicaje.
La determinación de los requisitos profesionales y de titulación mínimos que deberán reunir los aspirantes a Prácticos, así como el establecimiento y realización de las pruebas precisas para el reconocimiento de la capacitación.
La determinación de las condiciones de formación permanente y de reciclaje.
La decisión sobre la posibilidad de realizar en condiciones aceptables, desde la perspectiva de la seguridad marítima, las operaciones de practicaje o sobre las condiciones de su realización, en caso de discrepancia profesional entre los prácticos y la Autoridad Portuaria.
Exenciones al servicio de practicaje. Certificados de Exención de Practicaje (PEC)
Además de los buque de guerra nacionales, se podrán establecer excepciones a la obligatoriedad de utilización del servicio de practicaje en un puerto o grupo de puertos determinado. Exenciones:
- Carácter temporal prorrogable.
- Conocimientos específicos que posea el capitán o patrón del buque sobre el puerto.
- Frecuencia de entradas y salidas en puertos concretos en los últimos ocho meses.
- El tipo y características técnicas del buque.
- La existencia y tipo de medios de ayuda a la maniobra de los buques.
- La intensidad y clase del tráfico marítimo.
- El tipo de mercancías transportadas.
- La dificultad de los canales de entrada o salida, el sistema de balizamiento y demás medios técnicos en materia de seguridad marítima con que cuente dicho puerto, así como los demás aspectos exigidos por la normativa establecida al efecto por la Organización Marítima Internacional (OMI). De este modo, se obtiene el Certificado de Exención de Practicaje (PEC), que también existe en un cierto número de países del mundo, aunque con diferentes fórmulas y prescripciones. Los requisitos para la obtención de un PEC en España son los siguientes:
- Examen teórico ante la Administración Marítima (sin intervención de prácticos). No es un tribunal. Esta prueba se podrá complementar, a juicio del Capitán Marítimo, con una maniobra de entrada y de salida. - Hablar y entender el idioma español.
- Haber realizado un mínimo de 30 maniobras / escalas en un año. Lo que significa que un buque de alta frecuencia obtiene la exención en 15 ó menos días y de media frecuencia en menos de tres meses. Nota: Francia no concede exenciones.
- A diferencia de otros países, en España se concede exención a los buques cargados con 200 toneladas de mercancías peligrosas. No pueden obtener exención las mercancías especialmente peligrosas según se definen en el art. 15 del R.D. 145/89. En nuestra opinión, las exenciones al servicio de practicaje suponen una brecha en la cadena de seguridad ya que no existe control independiente al capitán del buque de las condiciones de seguridad en que se realiza la entrada del buque en puerto y no se puede acreditar o no se acredita que el buque y su tripulación mantienen las condiciones de seguridad que permitieron el otorgamiento de la exención. No consta inspección de las mercancías especialmente peligrosas que transporta el buque. Exámenes escasamente rigurosos.
Seguridad
En España existen 28 Autoridades Portuarias pertenecientes al Sistema Portuario de Titularidad Estatal y un total de 50 puertos. La actividad del sistema portuario español aporta anualmente del orden del 20 por ciento del Producto Interior Bruto del sector de transportes y representa el 1,1% del Producto Interior Bruto nacional. Genera un empleo directo de 35.000 personas y 110.000 puestos de trabajo indirectos, incluyendo construcción naval, industria auxiliar y servicios al sector. Según fuentes de Puertos del Estado, durante el año 2007 se manipularon en los puertos españoles 480 millones de toneladas.
Dimensión Económica
En relación a los costes totales de explotación de un buque, el practicaje representa un 0,15 por ciento del total. Dentro de estos gastos totales, se incluyen, asimismo, los relacionados con la amortización, tripulación, combustible y gastos de escala. Internacionalmente, el servicio de practicaje representa como media un 3 por ciento de los gastos de escala de un buque. En España, y en general en Europa, las tarifas se determinan con referencia a los costes de servicio: personal, seguros sociales y de responsabilidad, lanchas, tripulantes, equipos de comunicación y de detección… En España, las tarifas fijadas por las autoridades portuarias son de las más baratas de Europa, sin que por ello influya en la calidad del servicio. Concretamente, las tarifas españolas son un 60 por ciento más baratas respecto a Francia e Italia y un 200 por ciento en relación a otros a países del Norte de Europa.
Actividad Portuaria en España
En España existen 28 Autoridades Portuarias pertenecientes al Sistema Portuario de Titularidad Estatal y un total de 50 puertos. La actividad del sistema portuario español aporta anualmente del orden del 20 por ciento del Producto Interior Bruto del sector de transportes y representa el 1,1 por ciento del Producto Interior Bruto nacional. Genera un empleo directo de 35.000 personas y 110.000 puestos de trabajo indirectos, incluyendo construcción naval, industria auxiliar y servicios al sector. Según fuentes de Puertos del Estado, durante el año 2007 se manipularon en los puertos españoles 480 millones de toneladas.
Servicio de Practicaje en la actualidad
Las Autoridades e instituciones deben asumir con convicción que el servicio de practicaje es un servicio intrínsecamente de seguridad que comparte los objetivos de las Autoridades Marítimas y Portuarias y desde esa perspectiva debe configurarse como un servicio de calidad. El Servicio de Practicaje debe entenderse como un elemento esencial de la cadena de seguridad y de protección en el ámbito marítimo –portuario, y en consecuencia debe participar en cuantas decisiones afecten a la seguridad y explotación del puerto.
Nuetro compromiso:
Ser un referente a nivel social e institucional de un Servicio de seguridad y calidad, prestado por profesionales altamente cualificados que tienen por objetivo el de velar por la seguridad y protección marítima, la seguridad de la vida humana en la mar y la protección del medioambiente marino en el ámbito marítimo-portuario.
- Modernización de medios y embarcaciones. Innovaciones tecnológicas.
- Eficiencia en la gestión del servicio, compatibilizando explotación portuaria y seguridad y protección marítima.
- Capacitación del servicio: Exámenes, Materias y Formación Continua.
- Calidad: Certificación de Calidad del Servicio (ISO 9001). Certificación de Protección Medioambiental (ISO 9001). Prevención de Riesgos Laborales. Certificación de Protección (Código ISP). QUALICERT (Referente de calidad de Puertos del Estado). Gestión de las Corporaciones.
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